Esta es otra de las preguntas más frecuentes que nos habéis hecho; la documentación que hay que presentar. Hay una general, la que solicita el gobierno central y el fabricante, que es la misma en todos los sitios, y otra específica que es la que pide particularmente cada Comunidad para otorgar su subvención.
Ana, Antonio, Teresa, Carlos, Jaime... (Madrid, Lugo, León, Alicante, Lugo...)
La documentación que hay que presentar es solicitada por el Agente de Ventas para justificar el derecho a la subvención.
Particulares:
- DNI
- Declaración responsable de encontrarse al corriente de sus obligaciones ante hacienda y la seguridad social.
- Domicilio fiscal y empadronamiento si son diferentes al domicilio que aparece en el DNI
- Vehículo a achatarrar junto a ficha técnica y permiso de circulación o certificado de achatarramiento emitido por un centro autorizado.
Autónomos:
Además de todo lo anterior debe aportar un documento de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) (modelo 036) o el simplificado (037).
Empresas:
- DNI de la persona representante con poderes de la empresa para esta operación.
- Escritura de estos poderes.
- Tarjeta acreditativa del CIF de la empresa.
- Domicilio social y fiscal de la empresa que representa.
- Declaración responsable firmada por el titular del DNI de que la empresa se encuentra al corriente de sus obligaciones ante hacienda y la seguridad social.
- Declaración responsable firmada por el titular del DNI de que la empresa a la que representa:
- Emplea a menos de 250 personas
- Facturación anual que no supera los 50 millones de euros
- El valor de sus activos no supera los 43 millones de euros.
Por otro lado, cada CCAA pedirá la documentación a mayores que estime oportuno como el certificado de empadronamiento.
¿Qué comunidades piden el certificado de empadronamiento o acreditar la residencia en la Comunidad?
- Navarra
- Comunidad Valenciana
- Castilla-León
- Castilla-La Mancha
- Canarias
- Cantabria
- Islas Baleares
- Murcia


julio 12th, 2009 at 10:26 pm
Hola Carmen, respecto a tu pregunta sobre la documentación que debes presentar para comprar un coche de segunda mano a un particular y beneficiarte de las ayudas del Plan 2000E he de decirte que la compraventa entre particulares está fuera de este PLan. Para acogerte al Plan 2000E debes comprar el coche en un concesionario y éste no puede tener más de cinco años. Además, deberás achartarrar otro que tenga doce años. Todas las ayudas y subvenciones del 2000E se hacen a través de un agente de ventas con la ayuda de una entidad colaboradora.
agosto 4th, 2009 at 6:49 am
quiero comprar un coche nuevo o usado de menso de 5 años, en ambos casoso me aplican el plan 200E si yo no cuento con un coche para cahatarrar, me explico deseo un coche nuevo y no tengo un coche usado para acahtarrar puedo acogerme al plan 200E si o no?
agosto 4th, 2009 at 8:25 am
Hola Jorge. Para acogerte al PLan 2000E es imprescindible que des un coche para achatarrar. Si vas a comprar un coche nuevo debes entregar uno que tenga 10 años de antiguedad o 250.000 kms. Si lo que compras es un usado de menos de cinco años deberás achatarrar otro de al menos 12 años. Para optar a las subvenciones del Plan 2000E el agente de ventas te pedirá el certificado de achatarramiento. Sin esto, no puedes optar a las ayudas.
septiembre 8th, 2009 at 3:10 pm
Buenas, yo quiero comprarme un coche de segunda mano o de km 0 en Madrid. Actualmente no tengo a mi nombre el coche que quiero achatarrar. ¿¿Me puedo acoger al plan 2000E???
septiembre 8th, 2009 at 4:20 pm
Hola Bea, para acogerte al Plan 2000E el coche a achatarrar debe estar a tu nombre si vas a ser la propietaria del nuevo. El propietario del coche a achatarrar y el del nuevo tiene que ser el mismo. Recueda que para comprar un coche seminuevo o un KM0 en coche que achatarres debe tener una antigüedad de 12 asños.
enero 5th, 2010 at 3:35 pm
hola,tengo un coche para entregar en el plan e.pero no esta a mi nombre y no tiene itv para poder transferirlo.como puedo hacer?gracias.
enero 5th, 2010 at 3:43 pm
Hola Isaac, te cuento la experiencia que Elnar nos comentó sobre este tema a través del foro: “el proceso para adquirir cualquier coche que sea para achatarrar es tan fácil como presentar en tráfico el contrato de compra-venta, tener pagado el impuesto de circulación exclusivamente del año en curso y aunque el vehiculo no tenga pasada la ITV, la DGT expide un informe de cambio de titularidad, informe que facilita al concesionario que se encarga del achatarramiento”.
febrero 16th, 2010 at 7:35 pm
Hola Arancha, mi pregunta es la siguiente: ¿Si te han robado un vehículo y aún no le has dado de baja?, teniendo también la correspondiente denuncia. Se pueden presentar sus papeles para incluirlo como PlanE, o se exige el vehículo físicamente. Gracias y un saludo.
febrero 16th, 2010 at 7:46 pm
Hola Ana. Para acogerte al Plan 2000E tienes que presentar un certificado de achatarramiento hecho por un CAT para lo cual necesitas recuperar el coche.
mayo 25th, 2010 at 7:04 am
Hola Arantxa
tengo una pregunta sobre la compra de un coche nuevo.Ahora me compro un Ford, me lo dan en dos dias, pero ahora el vendedor de ford me sale en que tengo que presentarle una factura de telefono con la documentacion que le he entregado ya, es decir, nomina, DNI, cuenta corriente, que relacion tiene que ver una factura de telefono con la compra de un coche nuevo????, no lo entiendo, es normal?,me dijo que ahora se lo pide el Banco de España, pero no lo veo nada claro, si me lo puedes aclarar te lo agradeceria.Muchas Gracias, Marc
mayo 25th, 2010 at 11:17 am
Hola Marc. Es el primer caso que me encuentro. Sinceramente no sé qué responderte. Lo mejor que puedes hacer es volver a hablar con el agente de ventas o con el jefe del concesionario para que te aclare el tema.
Ya noos contarás.
mayo 25th, 2010 at 3:17 pm
Hola otra vez Arancha
Como me has comentado, he llamado al agente de ventas y le he preguntado el porque de la necesidad de una factura telefónica para la compra de un coche nuevo.Su respuesta ha sido que el Banco que financia el crédito necesita tener un documento acreditativo donde conste una direccion y un numero de telefono, pero yo le he preguntado si un documento de empadronamiento no les serviria, y me ha dicho que piden que sea una factura.Bueno, no se si es muy normal o no, pero que no esta nada claro, eso seguro.A nadie que se lo he preguntado lo habia oido antes.Si es verdad, que lo dudo, que hay esta nueva ley, se pueden cagar en las nuevas leyes.Muchas Gracias por tu atención y si sabes en algun momento algo sobre el tema, te agradeceria lo publicases por aqui, y asi lo intento entender.Marc